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El programa estatal de servicios de rehabilitación vocacional
(RV) es autorizado por Titulo I de la Ley de Rehabilitación de
1973. Es obligatorio y se regula por el gobierno federal pero
se administra por los gobiernos estatales. El programa RV
brinde apoyo financiero a cada estado para que servicios sean
proveídos a personas con discapacidades. La Administración de
Servicios de Rehabilitación (RSA son las siglas en inglés)
administra el programa de RV. La meta del programa RV, según la
RSA, es de ayudar que las personas elegibles sean económicamente
independientes y de aminorar o eliminar su necesidad de
programas gubernamentales por medio de empleo significativo y
sostenido.
Abajo siguen preguntas comunes sobre el programa RV, sus
servicios y el proceso de elegibilidad. La información en las
páginas siguientes se obtuvo de varias fuentes incluyendo la Ley
de Rehabilitación, el Acto de Estadounidenses
con Discapacidades y la Ley de Educación de Personas con
Discapacidades igual como sitios del Internet. Esta información
no es presentada como información original y/o única.
Después de la lista de preguntas se encuentran enlaces cuales le
pueden brindar mas información sobre la rehabilitación
vocacional y/o el Acto de Rehabilitación, incluyendo una lista
de agencias estatales de RV. Para resolver preguntas
especificas, es necesario consultar el sitio (o la oficina) de
su RV en su estado.
·¿Quién es elegible?
La elegibilidad para servicios de rehabilitación vocacional
depende de una discapacidad cual impide el empleo. La
discapacidad no tiene que ser severa. Puede ser de origen
mental o física o una inhabilidad a aprender. Servicios
recibidos de RV tienen que ser orientados hacia el empleo.
· ¿Que es una discapacidad?
Según el Acto de Estadounidenses con Discapacidades (ADA son las
siglas en inglés) una persona
discapacitada es alguien quien tiene: un impedimento físico o
mental que limite una o mas de las actividades de la vida
cotidiana; alguien quien tiene historial de tal impedimento; o
alguien quien es percibida como tener un tal impedimento.
Además, un impedimento físico es definido por el ADA como:
“Cualquier desorden fisiológico o condición, desfiguramiento
cosmético, o una perdida anatómica afectando uno o mas de los
siguientes sistemas del cuerpo: neurológico, musculoesquelético,
órganos de sentidos, la respiración (incluyendo órganos del
hablar), cardiovascular, reproductivo, digestivo, urinario,
hémico y linfático, piel y/o endocrino.”
· ¿Como se decide la elegibilidad?
Se consideran la combinación de cuatro elementos para decidir
elegibilidad:
1) Tiene la persona un impedimento físico y/o mental el cual
hace difícil encontrar o mantener el empleo, y
2) Esta desempleada la persona queriendo trabajar con ayuda o
3) Esta empleada la persona y puede continuar empleada pero
solo con un cambio de empleo o con proteger el empleo presente, y
4)Necesita la persona los servicios de RV?
Cualquier persona discapacitada quien cree que los impedimentos
causados por la discapacidad hacen difícil encontrar o mantener
empleo y quien necesita ayuda para trabajar puede solicitar una
evaluación de elegibilidad para RV.
· ¿Cuanto tiempo tomara para saber si soy elegible?
Por ley, elegibilidad tiene que ser determinada dentro 60 días
de solicitud. Hay dos excepciones: si la persona requiere una
evaluación prolongada o si circunstancias imprevistas impiden
que la agencia complete la evaluación dentro los 60 días y usted
esta de acuerdo que se justifica una extensión.
· ¿Que puedo esperar durante la entrevista de elegibilidad?
Durante la entrevista de solicitud, usted se citara con un
consejero de RV. La información cual usted necesitara presentar
incluye: nombre, número de seguro social, domicilio, tipo de
discapacidad, historial de empleo, recursos presentes de
ingreso. También se le pedirá que presente u obtenga historial
médica, y documentos sobre su educación. Si se creen necesarios
para determinar elegibilidad, también se requieran evaluaciones
adicionales. Estos se llevaran acabo u obtenidos por la agencia
de RV. Durante la entrevista, se le pedirá:
1) Que discute sus planes para empleo
2) Que discute su educación, entrenamiento y/o experiencias
cuales usted puede usar para obtener o mantener empleo
3) Que discute las cosas que usted cree le impiden el
trabajo y lo que se necesita para superar estas barreras
4) Que prepare metas especificas, un plan de acción para
empleo y los pasos necesarios para obtener sus metas
5) Que se comprometa a su plan de acción para el empleo
· ¿Que es el Plan Individuo Para Empleo?
El paso que sigue después de determinar elegibilidad es producir
un plan individualizado para empleo (IPE son las siglas en
inglés). El cliente produce el plan con la asistencia de un
consejero de RV. Durante la fase de planificación, una
evaluación comprensiva se lleva acabo para evaluar los recursos
del cliente, sus capacidades, fortalezas, habilidades, etc. Tal
evaluación puede cubrir factores educativos, psicológicos,
psiquiátricos, personales, sociales y médicos cuales pueden
tener impacto sobre las necesidades de empleo y rehabilitación
del cliente. Algunos de los objetivos cuales se identificaran
en el IPE incluyen:
1) Meta especifica de empleo, declarada por el cliente, de
acuerdo con su habilidades, intereses, fortalezas y capacidad
2) Los servicios que se necesitaran para obtener la meta de
empleo
3) Plazo para empezar los servicios y obtener meta de empleo
4) Necesidad para servicios de post-empleo
5) Investigaciones de la economía laboral
· ¿Que es “elección informada?”
Elección informada quiere decir que usted debe ser un
participante activo en su rehabilitación. Las agencias de RV
ayudaran que usted ejercite elección informada durante el
proceso de RV (por ejemplo, identificar meta de empleo, los
servicios necesarios para obtener su meta, la agencia cual
proveerá el servicio, etc.). Su IPE será aprobada por RV pero
usted decide el nivel al cual su consejero de RV se involucrara
en el desarrollo del plan.
· ¿Como puede ayudar RV durante el proceso de buscar empleo?
Recursos disponibles por RV para ayudarle con la búsqueda de
empleo incluyen:
1) Preparación de resumen>
2) Job seeking skills training
3) Interview skills training
4) Pistas de empleo
5) Job placement assistance
· ¿Estoy empleado, sin embargo, puedo calificar para servicios de RV?
Si, usted puede estar empleado y calificar para servicios. Ejemplos incluyen:
1) Esta en peligro de perder su trabajo por razón relacionada a
una discapacidad y RV le puede ayudar
2) Actualmente usted esta empleado por de bajo de sus
habilidades—es decir, usted es capaz de mas pero su discapacidad
se lo ha impedido-y RV le puede ayudar
3) Su empleo no es apropiado para si discapacidad
4) Su discapacidad empeora y usted tiene que prepararse para un
cambio de empleo
· ¿He sido calificado para servicios pero cambiare de residencia
a otro estado. Se transfiere mi elegibilidad?
No existen acuerdos intra-estatales. Tendrá que someter solicitud en su nuevo estado.
· ¿Cuales son los servicios de RV disponibles?
Son muchos los servicios disponibles, usted no necesitara de
todos. Los servicios escogidos, e identificados en su IPE, son
los servicios necesarios para superar las barreras al empleo.
Pueden incluir lo siguiente:
1) Consejos vocacionales y/o colocación de empleo
2) Servicios de evaluación
3) Servicios médicos y/o psicológicos
4) Entrenamiento vocacional (incluyendo educación superior) y la
compra de libros, instrumentos y/o herramientas, etc.
5) Servicios para ajustes sociales
6) Entrenamiento para empleo
7) Servicios o productos para rehabilitación técnica
8) Productos relacionados al empleo
9) Servicios y aparatos de tecnología de rehabilitación (incluye
modificaciones a su sitio de empleo, reparaciones o adaptaciones
al hogar, modificaciones vehiculares y/o entrenamiento
especifico en los casos de vehículos con equipamiento
adaptativo, asistencia con preparación para tomar la prueba de
conducir)
10) Servicios para ayudar que estudiantes con discapacidades hagan
la transición de escuela a empleo
· ¿Es necesario que yo pague por los servicios?
Si. Su ingreso será considerado por algunos servicios (por
ejemplo, si se requiere un estudio medico y su seguro de salud
cubre el gasto, usted tendrá que usar su plan de seguro para
obtener el estudio). Excepciones existen para las personas
recibiendo beneficios de SSI o SSDI.
Servicios de RV y los Estudiantes de Preparatoria (high school)
Se requiere por la Acta para la Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA
son las siglas en inglés) que para la edad de 14 años, los
distritos escolares incluyen en el programa de educación
individualizado (IEP son las siglas en inglés) un plan de
transición para ayudar que el estudiante con discapacidades
entre a la vida adulta. Al iniciar los 16 años, o mas joven si
se determina apropiado, los servicios de transición deben
empezar. IDEA defina servicios de transición como una serie
coordinada de actividades con resultados que se pueden medir y
que moverán al estudiante de la escuela a actividades después de
la escuela. Las áreas que se consideraran incluyen la
preparación para educación post-preparatoria, entrenamiento
vocacional, empleo integrado, educación adulta, servicios
adultos, la vida independiente y participación en la comunidad.
Los servicios se basan en las necesidades del estudiante pero
pueden incluir: instrucción, experiencias en la comunidad,
desarrollo de objetivos post-escuela y/o de la vida adulta, y si
es apropiado, la adquisición de habilidades de la vida diaria.
Por medio del IEP y el plan de transición, las escuelas deben
identificar los proveedores de servicios adultos y de fomentar
relaciones con esas agencias.
La junta del IEP debe incluir representantes de las agencies de
apoyo cuales proveerán servicios de transición para el
estudiante (por ejemplo RV). El equipo de transición puede
incluir: al estudiante, al los padres, a maestras (de educación
regular y educación especial), a consejeros, a representantes de
servicios RV, representantes de servicios del desarrollo,
representantes del Programa de Vida Independiente,
representantes de la administración del seguro social y personal
medica.
RV facilita la transición para el estudiante del sistema de
educación especial al sistema de RV. Para esos estudiantes
elegibles para servicios RV, un plan individuo de empleo se
establece antes de que el estudiante gradúe de la escuela. La
intención es de asegurar que no haya interrupción en servicios
dentro el sistema educativo y el sistema de rehabilitación
vocacional.
Links
www.jan.wvu.edu/SBSES/VOCREHAB.HTM
www.nchrtm.okstate.edu/pages/state_VR.html
Estos sitios incluyen listas y/o enlaces a programas estatales de RV
www.ed.gov/about/offices/list/osers/programs.html
Enlace de la Oficina de Educación Especial y Servicios de
Rehabilitación del US Departamento de Educación
http://pacer.org/index.htm o
http://www.pacer.org/translated/translated.htm
PACER (Parent Advocacy Coalition for Educational Rights).
Un centro de información y entrenamiento para familias de niños
y jóvenes con discapacidades
http://pacer.org/pride/pride.htm
Por medio de PACER, Project Pride (Pacer’s Rehabilitation Act
Information & Disability Education) provee información y
entrenamiento sobre el Acto de Rehabilitación para los jovenes
con discapacidades, sus familias y profesionales.
http://www.disabilityworld.org/07-08_01/spanish/trabajo/breves.shtml
Una revista electrónica, bi-mensual, sobre noticias y opiniones
internacionales relacionadas al tema de la discapacidad
http://www.ncset.org/publications/parent/NCSETParent_Jul02Sp.pdf
Esta información para padres es producida por el National Center
on Secondary Education (NCSET) y PACER Center
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